Son muchos los clientes del despacho que se encuentran en esta situación: se separan, ya sean pareja de hecho o matrimonio, y uno de ellos no paga la cuota hipotecaria. Si existe mutuo acuerdo pueden llevar a cabo un acuerdo privado o la extinción del condominio en notaria, lo que NO RECOMENDAMOS EN ABSOLUTO, puesto que uno de los propietarios cede a cambio de dinero o de la exoneración de la deuda adjudicar su parte a otro, sin embargo el deudor aún no ha dado su aprobación a este cambio. Es decir, la entidad financiera debe estar de acuerdo en estos cambios de titularidad, y hemos de averiguar que no cambien las condiciones al producirse una novación o que no se pueda llevar a cabo. Luego, en primer lugar deberemos acudir a la entidad financiera para comunicarles nuestra intención.