Hasta ahora, la prisión permanente revisable se aplicaba en hasta ocho delitos, pero este pasado mes de febrero se aprobó un anteproyecto de ley que planteaba esta medida en cinco nuevos tipos de delito, los cuales se sumarían a los ocho actuales.
Los primeros ocho delitos que la propuesta inicial recogía en 2015 son:
• Asesinato de un menor de 16 años o de persona especialmente vulnerable.
• Asesinato posterior a un delito contra la libertad sexual.
• Asesinato perpetrado por miembro de una organización criminal.
• Asesinato múltiple.
• Asesinato terrorista.
• Homicidio del jefe del Estado o su heredero.
• Homicidio de jefes de Estado de países extranjeros.
• Genocidio o crímenes contra la humanidad.
A continuación te indicamos los nuevos cinco supuestos que se proponen aplicar:
• Asesinato después de secuestro.
• Asesinato con impedimento de la recuperación del cadáver.
• Violaciones en serie.
• Violación a un menor tras privación de libertad o tortura.
• Muertes en incendio, por destrozos en infraestructuras críticas como puertos, carreteras, estaciones, aeropuertos y trenes, o por liberación de energía nuclear o elementos radioactivos.
En otros países europeos se aprueban sentencias similares de manera siempre excepcional, donde se establecen penas de prisión efectivas ilimitadas, como es el caso de Francia, o por ejemplo Italia donde sigue todavía vigente la cadena perpetua. En otros países como Reino Unido, Bélgica u Holanda, los presos pueden optar a la libertad en casos excepcionales, previa valoración de los magistrados según la gravedad del delito cometido.
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