Antes de entrar en materia, es importante definir brevemente este concepto. Se trata de la constancia oficial de que una persona ha sido condenada por sentencia firme por haber cometido un delito. Es decir, que la sentencia condenatoria no permita la interposición de recurso alguno.
Cuando se dicta una sentencia firme, esta es comunicada al Registro Central de Penados y Rebeldes, donde se realiza la inscripción pertinente. A partir de este momento, consta oficialmente que la persona en cuestión tiene antecedentes penales.
En el presente artículo diferenciaremos en relación con los antecedentes penales.
• Cuándo se pueden cancelar.
• Si son computables los antecedentes penales, en el caso de comisión de un nuevo delito.