El Código Penal español engloba el tipo punible de delito fiscal, más concretamente en la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre, en sus artículos 305 a 310. Existe un delito fiscal cuando, por acción u omisión, se elude el pago de diferentes obligaciones fiscales, defraudando de esta manera a la Hacienda Pública, autonómica, estatal o local.
Existen dos tipos de delitos fiscales: el general, en el que se defrauda una cantidad superior a 120.000€, y el agravado, que supone una infracción superior a los 600.000€. Se destacan como delitos fiscales contra Hacienda los actos de:
• Eludir el pago de tributos o impuestos
• La no retribución de cantidades retenidas o de aquellas que hubieran tenido que retenerse
• El impago de ingresos a cuenta de remuneraciones recibidas en especie
• La obtención de manera indebida de devoluciones y fondos
• El disfrute de beneficios fiscales
• El fraude de subvenciones, ayudas públicas o desgravaciones