Delitos fiscales y su prescripción

En Antolino Advocats, nuestro bufete de abogados en Barcelona, contamos con abogados especializados en derecho penal económico, más en concreto en delitos fiscales, que le defenderán ante cualquier imputación por una presunta comisión de delito fiscal. Gracias a nuestros conocimientos de las normas tributarias y sus procedimientos, podremos proteger sus derechos e intereses.

cuando prescribe un delito fiscal

Cuándo prescriben los delitos fiscales

El Código Penal español engloba el tipo punible de delito fiscal, más concretamente en la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre, en sus artículos 305 a 310. Existe un delito fiscal cuando, por acción u omisión, se elude el pago de diferentes obligaciones fiscales, defraudando de esta manera a la Hacienda Pública, autonómica, estatal o local. 

Existen dos tipos de delitos fiscales: el general, en el que se defrauda una cantidad superior a 120.000€, y el agravado, que supone una infracción superior a los 600.000€. Se destacan como delitos fiscales contra Hacienda los actos de:

• Eludir el pago de tributos o impuestos 
• La no retribución de cantidades retenidas o de aquellas que hubieran tenido que retenerse 
• El impago de ingresos a cuenta de remuneraciones recibidas en especie
• La obtención de manera indebida de devoluciones y fondos
• El disfrute de beneficios fiscales
• El fraude de subvenciones, ayudas públicas o desgravaciones

La defraudación fiscal

El fraude fiscal se puede entender de diferentes maneras, no solamente como un daño económico. Para ser aceptado como defraudación, debe existir un ánimo de estafar, exigiéndose que:

• Haya un engaño dentro de la operación que pueda inducir a error a la Administración, provocando un perjuicio en el patrimonio.
• Que exista un ánimo estafador por parte del sujeto activo.

Es decir, que para interpretarse debidamente un fraude fiscal debe existir la decisión planeada de ocultación de hechos o bases imponibles, y/o la tergiversación de manera consciente de los hechos.

¿Cuándo prescribe un delito fiscal?

Existe un período límite bajo el cual la administración puede dejar de reclamar y solicitar un delito fiscal con Hacienda. En el caso de no haber sido llevado a juicio o no haberse iniciado una investigación, el artículo 66 de la Ley General Tributaria, que recoge la extinción de los delitos fiscales, establece que hay prescripción en un plazo de 4 años, a contar desde el día después de la finalización del plazo para la presentación de la declaración o autoliquidación.

Hasta el momento del vencimiento, el deudor siempre estará obligado al pago del importe, que irá aumentando en sus intereses. Es importante saber que, en el momento en que se inicia la investigación o la administración procede a la demanda y comienza el juicio, el plazo de prescripción queda congelado.

Un delito de fraude fiscal puede castigarse con prisión de entre 1 y 5 años en el caso de fraude de hasta 120.000€, y de hasta 10 años de cárcel para importes superiores a 600.000€. Además de con multas superiores a seis veces la cantidad defraudada, y con la pérdida del derecho a recibir subvenciones e incentivos fiscales, por un período de entre 6 meses y 2 años.

Antolino Advocats - Abogados penalistas en Barcelona

En nuestro bufete podrá encontrar al abogado penalista en Barcelona que está buscando, le proporcionaremos la ayuda que necesita para superar o minimizar todas aquellas contingencias procedentes de su imputación por delito fiscal. Orientaremos nuestras actuaciones profesionales a lograr el mejor resultado posible para su caso, garantizándole una defensa de gran calidad.

Póngase en contacto con nuestro despacho de abogados en Barcelona y le indicaremos una cita para empezar a trabajar en su caso. Puede llamarnos al 630 70 62 27 o al 93 518 21 21, o si lo prefiere escríbanos a montserrat.antolino@icab.es. Confíe en nosotros para que protejamos sus derechos e intereses.


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