Nuestro cliente fue condenado por un delito contra la seguridad vial a la pena de tres meses de multa con un cuota diaria de 4 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y a la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un periodo de 8 meses.
El cliente estaba trabajando para una empresa de seguridad, concretamente, se encontraba en periodo de prueba y necesitaba el carné para conducir coche y motocicleta, por razón de su trabajo, con lo que el hecho de perder el permiso hubiese provocado su despido inmediato.
Nos pidió si, por favor, podíamos pedir al Juez que concediese este aplazamiento, para lo que presentamos una serie de elementos probatorios y alegaciones, con el resultado positivo para nuestro cliente.
Además, como su situación personal no le permitía poder pagar la multa de una sola vez, solicitamos el fraccionamiento en un año, puesto que el artículo 50.6º del Código Penal, dispone: "que mediando causa justificada podrá autorizarse el pago de la multa dentro de un plazo que no exceda de dos años desde la la firmeza de la sentencia, bien de una vez o en los plazos que se determinen, si bien el impago de dos de ellos determinará el vencimiento de los restantes".
Todo ello nos enseña una vez más que el derecho no está escrito, sino que se escribe cada día y con cada caso concreto.