DELITO DE ABUSOS SEXUALES A MENORES

CONSEGUIMOS UNA ORDEN DE ALEJAMIENTO POR UN PRESUNTO DELITO DE ABUSOS SEXUALES A MENOR DE EDAD(HIJO)

Estamos muy satisfechos en el despacho de abogados, ANTOLINO ADVOCATS, #despachodeabogadosdeBarcelona, por haber conseguido que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Arenys de Mar dicte un auto estableciendo una serie de medidas, entre las cuales la más importante es el dictado de la  orden de alejamiento del padre con respecto de su hijo, por presunta comisión de agresiones sexuales al menor.

  Este tipo de #delitosdeagresionessexualesamenores, por desgracia, se dan más de lo que creemos en nuestro país, y es obligación de todos erradicarlos.

  A continuación les dejamos un pdf del fallo del Auto resolviendo la comparecencia del 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Arenys de Mar (procedimiento de diligencias previas 462/2019-F) en el que se otorga no sólo la medida de alejamiento del padre respecto de su hijo, y la consiguiente suspensión del régimen de visitas, sino también se establece la guarda y custodia a favor de la madre.
-CUÁL ES EL PROTOCOLO A SEGUIR EN CASO SOSPECHAR QUE UN MENOR PUEDE ESTAR SUFRIENDO ABUSOS SEXUALES?  


 Si se encuentra ante una situación parecida, y cree que un menor puede estar sufriendo abusos sexuales, lo primero que debe hacer es dirigirse al Hospital de Sant Joan de Déu y activar el protocolo para esta clase de delitos, a la vez que lo denuncia ante el Juzgado de Guardia del lugar donde resida el menor.  


Cuente con el apoyo del despacho de abogados ANTOLINO ADVOCATS, quienes les ayudarán y asesorarán en el proceso, no sólo en el ámbito penal, por la comisión de un presunto delito de abusos sexuales, sino también en el ámbito civil, a efectos de determinar las medidas civiles a adoptar: a cuál de los progenitores corresponde la guarda y custodia, régimen de visitas (suspensión o visitas en un punto neutro, pensión de alimentos a favor del menor…



En el presente caso, nos encontramos ante un presunto delito sexual de un padre hacia un hijo, pero podríamos encontrarnos ante otro tipo de supuesto, por ejemplo, delito de agresión sexual de un cuidador de un menor y, entonces, deberíamos de seguir este protocolo e intentar ante el Juzgado una comparecencia del 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (se distingue de la comparecencia del 544 ter en que no son personas con grado de consanguinidad o parentesco), con el fin de conseguir una orden de alejamiento y evitar la reiteración del delito.  




-DÓNDE SE ENCUENTRA TIPIFICADO EL  DELITO DE ABUSO SEXUAL?  
El abuso sexual está tipificado en el Art. 181 ,CP como la realización de actos atentatorios a la libertad y la indemnidad sexual de otra persona, sin violencia ni intimidación y sin el consentimiento válido de ella. 

En el Art. 182 ,CP se contemplan las modalidades cualificadas de abuso sexual. Faltará el consentimiento siempre que el sujeto pasivo haya expresado su negativa o no se le haya dado la oportunidad de pronunciarse. En caso de que el abuso sexual se ejecute a menores de dieciséis años o sobre personas privadas de sentido o abusando de su trastorno mental. Se entenderá que este tipo de personas no prestan su consentimiento válido. Existe un vicio de consentimiento en los supuestos de engaño y prevalimiento.



El bien jurídico protegido, como en las agresiones sexuales, es la libertad sexual y los procesos de formación y socialización de menores e incapaces.



En nuestro #despachodeabogadosdeBarcelona, ANTOLINO ADVOCATS, nos comprometemos con el cliente e intentamos por todos los medios legales que nuestro cliente consiga una Sentencia favorable a sus intereses. SOMOS ESPECIALISTAS EN  DERECHO PENAL.  

Puede llamarnos al 630 70 62 27 o al 93 518 21 21 o, si lo prefiere, escribirnos a montserrat.antolino@icab.cat. No dude en confiar en nuestro bufete de abogados, estamos a disposición de todos nuestros clientes y nos comprometemos con ellos.
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