-CUÁL ES EL
PROTOCOLO A SEGUIR EN CASO SOSPECHAR QUE UN MENOR PUEDE ESTAR SUFRIENDO ABUSOS
SEXUALES?
Si
se encuentra ante una situación parecida, y cree que un menor puede estar
sufriendo abusos sexuales, lo primero que debe hacer es dirigirse al Hospital
de Sant Joan de Déu y activar el protocolo para esta clase de delitos, a la vez
que lo denuncia ante el Juzgado de Guardia del lugar donde resida el menor.
Cuente
con el apoyo del despacho de abogados ANTOLINO ADVOCATS, quienes les ayudarán y
asesorarán en el proceso, no sólo en el ámbito penal, por la comisión de un
presunto delito de abusos sexuales, sino también en el ámbito civil, a efectos
de determinar las medidas civiles a adoptar: a cuál de los progenitores
corresponde la guarda y custodia, régimen de visitas (suspensión o visitas en
un punto neutro, pensión de alimentos a favor del menor…
En
el presente caso, nos encontramos ante un presunto delito sexual de un padre
hacia un hijo, pero podríamos encontrarnos ante otro tipo de supuesto, por
ejemplo, delito de agresión sexual de un cuidador de un menor y, entonces,
deberíamos de seguir este protocolo e intentar ante el Juzgado una
comparecencia del 544 bis de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal (se distingue de la comparecencia del 544 ter en que no
son personas con grado de consanguinidad o parentesco), con el fin de conseguir
una orden de alejamiento y evitar la reiteración del delito.
-DÓNDE SE ENCUENTRA
TIPIFICADO EL DELITO DE ABUSO SEXUAL?
El abuso
sexual está tipificado en el
Art. 181 ,
CP como la realización
de actos atentatorios a la libertad y la indemnidad sexual de otra
persona, sin violencia ni
intimidación y sin el consentimiento válido de ella.
En el
Art. 182 ,
CP se contemplan las modalidades cualificadas de
abuso sexual.
Faltará el
consentimiento siempre que el sujeto pasivo haya expresado su negativa o no se
le haya dado la oportunidad de pronunciarse. En caso de que el abuso sexual se
ejecute a menores
de dieciséis años
o sobre personas privadas de sentido o abusando de su trastorno mental.
Se entenderá que este tipo de personas no prestan su consentimiento válido. Existe
un vicio de consentimiento en los supuestos de engaño y prevalimiento.
El bien jurídico protegido, como en las agresiones sexuales, es la
libertad sexual y los procesos de formación y socialización de menores e
incapaces.
En
nuestro #despachodeabogadosdeBarcelona,
ANTOLINO ADVOCATS, nos comprometemos con el cliente e intentamos por todos los
medios legales que nuestro cliente consiga una Sentencia favorable a sus
intereses.
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