Otros países como, por ejemplo, Francia, ya abordaron este tema hace un tiempo. Nuestro país vecino sanciona con dos años de prisión y una multa de 30 000 € a aquellas personas que impiden la interrupción del embarazo a través de cualquier medio, sea verbal o físico, e impida el acceso de la mujer a la clínica.
En este único y nuevo artículo 172 quarter del Código Penal se afirma que: