Finalmente el Juzgador considera
que goza de la condición de consumidor y anula la cláusula por falta de
transparencia y abusividad.
A continuación les dejamos un extracto del fallo de la Sentencia nº
212/2016 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 33 de Barcelona, en
fecha 22 de noviembre de 2016, en el procedimiento ordinario 182/2016-D2:
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