A día de hoy, el Tribunal Supremo permite reclamar y recuperar diferentes importes, restituyendo al consumidor el 50% de gastos de notaría, registro y Gestoría. Más específicamente los siguientes pagos:
- Importe asociado a la NOTARÍA cuando se lleva a cabo la Escritura del Préstamo Hipotecario, que supone entre un 0,1% y un 0,5%.
- Gastos correspondientes a la GESTORÍA, si esta ha sido interpuesta por el banco, y cuyo precio dependerá de cada agencia.
- Importe por el REGISTRO DE LA PROPIEDAD, calculado sobre la responsabilidad hipotecaria, puede ser de hasta un 0,2%.
- Gastos relacionados con la COMISIÓN DE APERTURA, que puede suponer hasta un 1% del desembolso.
Un aspecto importante que debe conocerse es que el TS ha determinado que hay pagos que el cliente sí debe abonar y que, por tanto, no podrá reclamar, como son los gastos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o los Impuestos de los Actos Jurídicos Documentados (AJD), cuyo desembolso es mayor que los demás.
Tanto si tiene un préstamo hipotecario en plena actividad, como si ya ha vendido su casa o ha llevado a cabo novaciones sobre su prestación inicial, en Antolino Advocats somos líderes en la resolución a favor de nuestros clientes de la reclamación de gastos hipotecarios.
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