El comodato, una figura jurídica que a
menudo pasa desapercibida, es un tipo de préstamo peculiar que se
caracteriza por no devengar intereses. En este acuerdo, una persona, el
comodante, cede temporalmente la posesión de un bien a otra, el comodatario,
sin recibir a cambio ninguna compensación monetaria.
Esta cesión temporal, aparentemente sencilla,
encuentra sus raíces legales en el Código Civil español. Los artículos 1740 al
1762 establecen las bases para esta práctica, definiendo las obligaciones y
derechos de ambas partes. Aunque aparentemente simple, el comodato tiene matices
importantes que vale la pena explorar, especialmente cuando se trata de bienes
inmuebles.