Después de toda una complicada instrucción y minutos antes del juicio el presunto agresor quiso reconocer los hechos que se le imputaban y acogerse a la pena impuesta, reconociéndose como AUTOR DE UN DELITO DE MALOS TRATOS DEL ARTÍCULO 153.1 Y 3 DEL CÓDIGO PENAL, lo que ahorró a la víctima y testigos volver a recordar los hechos.
A continuación, les pasamos copia de la Sentencia dictada por el Juzgado nº 7 de lo Penal de Barcelona, en el Procedimiento Abreviado 306/16. Puedes localizarla siguiendo el siguiente enlace:
Sentencia.