¿Qué es el plagio y qué consecuencias penales tiene?

plagio-y-ley-propiedad-intelectual
¿Ha escuchado alguna vez hablar del término plagio? Se trata de una palabra que se utiliza para referirse a la acción de presentar un trabajo, ya sea un artículo académico o profesional, un informe, o material audiovisual, como películas, series o música, entre otros, como suyo propio, suprimiendo así, la autoría original de la obra, la cita o la idea.

¿Cuáles son los supuestos en los que se considera que una obra está plagiada?


Si cuando está escribiendo un artículo o un trabajo académico duda usted en si está cometiendo o no plagio, debe saber que lo hace cuando usa palabras de otros autores sin incluir una referencia sobre quién lo realizó dentro del texto o sin citar la fuente en las referencias bibliográficas al final del artículo. 

Aunque no toda la citación vale, es esencial que usted cite correctamente la fuente de información siguiendo el modelo más adecuado o requerido al estilo de su trabajo, como por ejemplo las normas bibliográficas APA, Harvard o ACS, entre otras. 

Además del texto, el plagio también se aplica a los elementos multimedia, así que si ha de introducir un vídeo, un gráfico o un audio, para evitar vulnerar los derechos de autor, ha de citar también a su creador. 

¿Qué ley pena el plagio?


  • Seguro que ha oído hablar de la Ley de Propiedad Intelectual que garantiza el derecho a proteger las creaciones que producen las personas y que les pertenece únicamente a ellas, como, por ejemplo, la música, los libros, las obras de arte, series o películas, están bajo la protección de esta ley. 

  • A pesar de que sea la ley que protege los derechos de las creaciones de las personas, la Ley de Propiedad Intelectual no recoge el vocablo específico de “plagio”, aunque sí menciona cómo reproducir o citar las obras registradas para que no se vulneren los derechos de los autores. Por ejemplo, estos supuestos contemplan poder utilizar fragmentos de obras para fines académicos o de investigación, siempre que estén bien citados los autores y no sean para fines comerciales. 

  • Además de textos, esta ley también recoge la posibilidad de reproducir fragmentos sonoros o visuales siempre que también se cumplan los supuestos anteriores, además de que se realice para hacer un análisis o un comentario crítico. 

  • Teniendo en cuenta estos supuestos, ha de tener en cuenta que no toda la reproducción es válida y, entonces, sí se considera plagio.  Este acto es un delito sancionable, tanto por la Ley de Propiedad Intelectual como por el Código Penal, con multas económicas y hasta penas de entre seis meses a cuatro años en prisión. En el Código Penal lo encontramos regulado en los artículos 270  y ss.

  • Si usted se ha encontrado con la situación de haber sido acusado de plagio de una obra protegida o su creación amparada por la Ley de Protección Intelectual ha sido plagiada, desde Antolino Advocats le asesoraremos en todo aquello que necesite. No dude en ponerse en contacto con nosotros, llamando al 630 70 62 27 o enviando un correo electrónico a Montserrat.antolino@icab.cat. 
delitos redes sociales
Contacte con Antolino Advocats, nuestro bufete de abogados expertos en derecho penal y penitenciario. 

Puede indicarnos sus datos y nos pondremos en contacto con usted:

Su formulario no cumple con los siguientes criterios: Todos los campos (marcados con asteriscos) deben estar llenos y su contenido debe ser valido.
Por favor rellene todos los campos con *.
La dirección de correo es invalida.
El tipo de archivo/s adjunto/s es erroneo o no compatible.
  • Nombre*
  • Teléfono*
  • Email*
  • Mensaje
  • * obligatorio
Llamar 630 70 62 27