SE APRECIA LA EXCEPCIÓN DE COSA JUZGADA MATERIAL EN LAS CLÁUSULAS SUELO DEL POPULAR

6 julio, 2016 20:37 by Montserrat Antolino

El Juzgado Mercantil 9 de Barcelona admite la excepción de COSA JUZGADA MATERIAL, al haber recaído sentencia firme en el Tribunal Supremo en fecha 23 de diciembre de 2015, en la cual se estima la acción colectiva interpuesta por la OCU contra el BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A y declara la nulidad de la cláusula suelo que dicha entidad incorporaba en sus escrituras públicas de préstamo hipotecaria por considerar abusiva por falta de transparencia en su incorporación, debiendo la parte (el BANCO) proceder al cese inmediato en su aplicación así como a su eliminación, a su costa.
suspensión de orden de expulsión del territorio español
La única acción pendiente de resolver por la Juzgadora es la acción ejercitada de forma acumulada consistente en determinar cuáles son los efectos derivados de esa nulidad, si la íntegra restitución de cantidades desde que se hubiera empezado a aplicar la cláusula suelo, o bien, una condena más moderada a partir del 9 de mayo de 2013, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo en su sentencia de 25 de marzo de 2015.

Lo apropiado a la vista de la proximidad de la resolución definitiva, es suspender el dictado de la sentencia, al amparo de los establecido en el artículo 267 del TJUE, hasta que el Tribunal resuelva las cuestiones planteadas, ya que dicha resolución puede tener consecuencias determinantes sobre la sentencia que se dicte en su día. Es decir, si ahora resolviese la Juez puede que limitara los efectos retroactivos (es decir la devolución de cantidad) a fecha junio de 2013. Sin embargo, si se espera a la Sentencia del TJUE puede que no halla restricciones a la retroactividad, por lo que es mucho más beneficioso para todos nuestros clientes que se suspenda el dictado de la Sentencia, es decir, el fallo, hasta que se resuelva la cuestión por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

A continuación, les pasamos copia de los razonamientos jurídicos y fallo de la Sentencia.




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