¡Ya es un hecho! Después de
muchos años de lucha, la
Ley de la
Eutanasia entra en vigor el 25 de junio del 2021, convirtiendo a España en
el octavo país del mundo que ha aprobado esta regulación, junto con Canadá,
Holanda o Bélgica, entre otros. Por ello, se reforma el
artículo 143 del Código Penal, con relación a la modalidad del
delito de homicidio consistente en el auxilio al suicidio y se despenalizan las
conductas eutanásicas que cumplan con dicha Ley orgánica. En este artículo, le
contamos un poco más sobre esta
actualidad
jurídica que invade a nuestro país.
El pasado 25 de marzo se publicó en el BOE la Ley Orgánica 3/2021 de
la regulación de la eutanasia. Un nuevo modelo que se desmarca un poco de la
Ley de otros países, en el que se quiere facilitar el proceso y agilizarlo. Por
ello, basta que el médico consulte con otros dos facultativos el estado del
paciente y analicen si cumple los requisitos para aplicar la eutanasia.
La regulación de la eutanasia
activa consiste en la acción que realiza un médico para poner fin a la vida de un paciente que, por petición propia, y a
causa de un padecimiento grave y crónico, quiere perder la vida y dejar de lado
su sufrimiento, un sufrimiento intolerable e inhumano. Por ello, para poder
aceptar dicho suicido asistido, es necesario que haya un contexto eutanásico.