El Tribunal Supremo habilita a miles de jubilados a reclamar impuestos que pagaron de más

Jubilados reclaman impuestos que pagaron

Una sentencia del Tribunal Supremo determinó que miles de jubilados de banca de toda España podrán reclamar a Hacienda una parte de su pensión que no debió haber sido gravada en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En el siguiente artículo te explicamos quienes pueden verse afectados por la medida y cómo reclamar.

Quiénes pueden reclamar la devolución

La decisión afecta al colectivo de ex profesionales de más de 70 años que trabajaron entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978

La sentencia del Tribunal Supremo estableció que las aportaciones realizadas por estos trabajadores a la pensión deben tributar como rendimientos del trabajo al 75%, en lugar del 100%, que se aplicaba en años anteriores. Esto implica que los jubilados afectados podrán reclamar la devolución de impuestos pagados en exceso durante varios años.

La devolución media estimada es de aproximadamente 650 euros por año fiscal. Los jubilados del sector bancario que comenzaron su carrera antes de 1979 podrán solicitar la devolución tanto para el ejercicio fiscal actual como para los cuatro años anteriores, y recuperar el dinero que pagaron en exceso. 

En el caso de los pensionistas que hayan tenido más de un pagador, el umbral se fija en los 15.000 euros, siempre que el dinero recibido a partir del segundo pagador no exceda los 1.500 euros al año.

Las pensiones procedentes del extranjero cuentan como un segundo pagador, por lo que el pensionista tendrá que declararlo como tal. En este caso, si la cantidad que se ha recibido del extranjero es mayor de 1.500 euros, el jubilado se ve obligado a realizar la declaración de la Renta.

Por otro lado, los pensionistas que durante el anterior ejercicio pasaron a recibir una pensión, pero antes tenían otros ingresos, como pueden ser los propios de su puesto de trabajo, deberán sumar los ingresos obtenidos para ver si son superiores a los 15.000 euros, y en ese caso deberán presentar la declaración.

Lo mismo ocurre con las personas que hayan optado por la jubilación activa, o lo que es lo mismo, quienes afrontan alguna actividad profesional mientras mantienen su jubilación.

Hasta cuándo pueden reclamar los jubilados

Es fundamental tener en cuenta que existe el riesgo de que las reclamaciones prescriban, lo que significa que se debe actuar rápidamente para evitar perder este derecho. 
Es necesario corregir la declaración del ejercicio 2018 antes del 30 de junio de 2023. Además, se recomienda rectificar la declaración del ejercicio 2022 antes de que finalice la campaña de renta, en caso de que se haya declarado el 100% de la pensión.

Antolino Avocats lo acompaña en la reclamación

Si crees que la decisión del Tribunal Supremo puede afectarte a ti o a tus padres, te recomendamos ponerte en contacto con nuestro despacho para recibir el asesoramiento adecuado para hacer el reclamo.

Además, es importante tener en cuenta que Hacienda no incluirá automáticamente estas devoluciones en los borradores de las declaraciones de impuestos. Por lo tanto, los contribuyentes deberán modificar sus borradores tanto para el ejercicio fiscal actual como para futuras declaraciones, teniendo en cuenta las devoluciones recibidas o los cobros indebidos realizados, según lo estipulado por el fallo del Tribunal Supremo.

Les aconsejamos a los jubilados que cumplen los requisitos, que reclamen el ajuste en los ejercicios fiscales no prescritos (2018-2021) y declaren sus impuestos de acuerdo con esta sentencia en los próximos años. De esta manera, podrán recuperar el dinero que pagaron indebidamente y evitar futuros pagos excesivos.

Vale decir que la sentencia afecta a todos los ex trabajadores jubilados de banca que comenzaron a trabajar antes de 1979, independientemente de su lugar de residencia, tanto a los que tributan en la Agencia Tributaria como los que lo hacen en las Haciendas Forales.

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